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Artículo 5 de la Ley 19.598 · Otorga un mejoramiento especial para los profesionales de la educacion que indica

Otorga un mejoramiento especial para los profesionales de la educacion que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 129247 / 8492454.

Texto oficial

Artículo 5º.- A partir desde el 1 de febrero de 1999, se pagará a los sostenedores de establecimientos educacionales subvencionados regidos por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, un aumento de la subvención del artículo 9º de dicho cuerpo legal, de acuerdo a la siguiente tabla: Nivel y Modalidad de Enseñanza Valor Incremento que imparte el Establecimiento subvención en pesos SIN JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA Educación Parvularia (2º nivel de transición) 384,62 Educación Básica (1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º) 385,50 Educación Básica (7º y 8º) 418,75 Educación Básica de Adultos 284,88 Educación General Básica Especial Diferencial 1.279,42 Educación Media Humanístico Científica 467,84 Educación Media Técnico Profesional Agrícola y Marítima 695,46 Educación Media Técnico Profesional Industrial 541,58 Educación Media Técnico Profesional Comercial y Técnica 485,33 Educación Media Humanístico Científica y Técnico Profesional de Adultos (con a lo menos 20 y no más de 25 horas semanales presenciales de clases) 324,05 Educación Media Humanístico Científica y Técnico Profesional de Adultos (con a lo menos 26 horas semanales presenciales de clases) 393,30 CON JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA Educación Básica (1º a 8º año) 528,21 Educación General Básica Especial Diferencial 1.605,80 Educación Media Humanístico Científica 632,17 Educación Media Técnico Profesional Agrícola y Marítima 858,27 Educación Media Técnico Profesional Industrial 668,23 Educación Media Técnico Profesional Comercial y Técnica 632,17 Los nuevos valores resultantes de la subvención por alumno, se expresarán en Unidades de Subvención Educacional (U.S.E.), mediante decreto del Ministerio de Educación, suscrito además por el Ministro de Hacienda, en el mes de febrero de 1999.