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Artículo 3 del Decreto 386

Reglamento orgánico del ministerio de bienes nacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12927 / 8261999.

Texto oficial

ARTICULO 3° La estructura del Ministerio de Bienes Nacionales es la siguiente: a) El Ministro; b) La Subsecretaría; c) La Oficina de Planificación y Presupuesto; y d) Las Secretarías Regionales Ministeriales.