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Artículo 13 del Decreto 386

Reglamento orgánico del ministerio de bienes nacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 12927 · idParte: 8262010

Texto oficial

ARTICULO 13° Las Divisiones y los Departamentos son las unidades a través de las cuales la Subsecretaría ejerce sus funciones normativas en el plano nacional. En esta virtud, les corresponde preferentemente prestar el apoyo técnico, administrativo, de control y coordinación en el ámbito de sus respectivas competencias.