Texto oficial
ARTICULO 37° Corresponde al Subdepartamento de
Personal:
a) Elaborar y proponer normas relacionadas con la
administración del personal de todas las unidades
ministeriales;
b) Informar las propuestas de nombramientos, ascensos y
permutas del personal del Ministerio;
c) Informar las solicitudes de asignación familiar,
feriados, licencias, permisos y, en general, las referentes
a la aplicación del Estatuto Administrativo, y redactar las
resoluciones que deban dictar al efecto las autoridades;
d) Confeccionar los escalafones del personal del
Ministerio y anotar los movimientos que se produzcan en
ellos durante el año;
e) Llevar la Hoja de Servicios de cada uno de los
funcionarios de esta Secretaría de Estado;
f) Mantener el archivo de las resoluciones referentes al
personal del Ministerio;
g) Proponer las medidas que sean necesarias para una
mejor distribución de los funcionarios, promover las
relaciones humanas, planificar la administración del
personal y proponer cursos de adiestramiento y
perfeccionamiento del mismo;
h) Proporcionar asistencia social al personal; e
i) Realizar todas aquellas tareas que, en materias de su
competencia, se le encomienden.