Texto oficial
ARTICULO 38° A la Oficina de Partes y Archivo le
corresponden preferentemente las siguientes funciones:
a) Recibir, registrar y distribuir la documentación del
Ministerio;
b) Mantener y custodiar el archivo general de los
documentos originados en las distintas unidades del nivel
central; y
c) Otorgar las copias autorizadas que le soliciten de
acuerdo a las normas internas que se dicten al efecto.