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Artículo 38 del Decreto 386

Reglamento orgánico del ministerio de bienes nacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12927 / 8262037.

Texto oficial

ARTICULO 38° A la Oficina de Partes y Archivo le corresponden preferentemente las siguientes funciones: a) Recibir, registrar y distribuir la documentación del Ministerio; b) Mantener y custodiar el archivo general de los documentos originados en las distintas unidades del nivel central; y c) Otorgar las copias autorizadas que le soliciten de acuerdo a las normas internas que se dicten al efecto.