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Artículo 20 del Decreto Con Fuerza de Ley 944

Aprueba estatutos por los cuales se regira la "corporacion de asistencia judicial de la region de valparaiso"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 130921 / 6151512.

Texto oficial

Artículo 20º.- El patrimonio de la Corporación estará constituido por: a) Los fondos o subvenciones que reciba del Estado o de otras entidades públicas y/o privadas; b) Las donaciones, herencias o legados que pueda recibir, de los bienes que adquiera y de la renta que sus bienes produzcan; y c) Los demás ingresos que legalmente le correspondan.