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Artículo 31 del Decreto 412

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del estatuto del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13128 / 7147541.

Texto oficial

Artículo 31°.- Los Oficiales y Personal Civil de Nombramiento Supremo que fuesen clasificados en Lista de Eliminación, deberán ser llamados a retiro dentro de la primera quincena del mes de enero del año siguiente.