Texto oficial
Artículo 23°.- Lo dispuesto en la letra n) del artículo DFL. 2/68 (I),
46° del presente decreto con fuerza de ley se aplicará en Art. 23° trans.
todas sus partes al personal de Orden y Seguridad en
servicio al 19 de enero de 1974 y a aquel que se incorpore a
la institución con posterioridad.