Texto oficial
Sexta:
Mientras la ley no disponga otra cosa, las agrupaciones
vigésimo cuarta, vigésimo sexta y vigésimo séptima
estarán formadas por los siguientes departamentos,
correspondiéndoles elegir el número de Diputados que en
cada caso se indica:
24a.- Puerto Varas, Maullín, Llanquihue y Calbuco: 3
Diputados.
26a.- Aysén, Coyhaique y Chile Chico: 2 Diputados.
27a.- Ultima Esperanza, Magallanes y Tierra del Fuego:
2 Diputados.
Los Diputados de las actuales vigésima cuarta y
vigésimo sexta agrupaciones departamentales continuarán
representándolas hasta el 20 de Mayo de 1969.
La primera elección de Diputados de las nuevas
agrupaciones vigésimo cuarta, vigésimo sexta y vigésimo
séptima se efectuará conjuntamente con la próxima
elección general de Diputados y Senadores.