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Artículo DECIMA transitorio de la Ley S/N · Constitución política de la república de chile

Constitución política de la república de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 131386 / 8340545.

Texto oficial

Décima: La presente Reforma Constitucional empezará a regir treinta dias después de su publicacion en el Diario Oficial.