Saltar al contenido

Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 994

Aprueba estatutos por los cuales se regira la corporacion de asistencia judicial de la region del bio-bio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 131709 / 7245668.

Texto oficial

Art. 14º- De las deliberaciones y acuerdos del Consejo Directivo se dejará constancia en un libro especial de actas, que serán firmadas por todos los Consejeros que hubieren concurrido a la sesión. El Consejero que quisiere salvar su responsabilidad por algún acto o acuerdo, deberá hacer constar su oposición.