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Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 994

Aprueba estatutos por los cuales se regira la corporacion de asistencia judicial de la region del bio-bio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 131709 / 7245671.

Texto oficial

Art. 17º- El Secretario será el Ministro de Fe de la Corporación y a él corresponderá llevar los libros de actas de la misma, certificará sus actos y decisiones y velará por el cumplimiento de los acuerdos que se adopten.