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Artículo 2 de la Ley S/N · Reforma constitucional

Reforma constitucional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 131726 / 8926991.

Texto oficial

Art. 2.º Se reemplazará el artículo 8.º por el siguiente: "Artículo ... Son ciudadanos activos con derecho de sufrajio los chilenos que hubieren cumplido veintiun años de edad, que sepan leer i escribir i estén inscritos en los rejistros electorales del departamento. Estos rejistros serán públicos i durarán por el tiempo que determine la lei. Las inscripciones serán continuas i no se suspenderán sino en el plazo que fije la lei de elecciones".