Texto oficial
Artículo 77.- A las solicitudes de concesión o Ley 19.079, Art. 1°
autorización de acuicultura deberá acompañarse un N° 75.
proyecto técnico y los demás antecedentes que se señalen
en el reglamento.
INCISO SEGUNDO SUPRIMIDO.
INCISO TERCERO SUPRIMIDO.