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Artículo 29 del Decreto 437

Reglamento de internacion y exportacion por via postal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13382 / 9040372.

Texto oficial

Artículo 29°.- La Salida Temporal por Vía Postal se someterá a las normas generales que regulan esta destinación aduanera.