Texto oficial
Artículo 29°.- La Salida Temporal por Vía Postal se
someterá a las normas generales que regulan esta
destinación aduanera.
Reglamento de internacion y exportacion por via postal
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13382 / 9040372.