Texto oficial
Artículo 28°.- En caso de que en la inspección de las
encomiendas u otros envíos postales se detectaren libros,
revistas e impresos en general, que por su carácter
pornográfico atente contra la moral y las buenas
costumbres, los funcionarios de Aduana deberán hacer la
denuncia correspondiente al Juzgado del Crimen competente
conforme a la legislación vigente.