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Artículo 2 de la Ley S/N

Lei que fija las reglas para declarar la mayoría necesaria para la aprobación de los actos de las corporaciones que dictan leyes, ordenanzas, etc.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134232 / 8342825.

Texto oficial

Art. 2º La misma regla se aplicará cuando las leyes exijan cualquiera otra parte proporcional de los miembros o de los votos de una corporación para que pueda funcionar o celebrar acuerdos, i el número de miembros no admitiere división exacta por la cifra que sirva de base a esa proporción.