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Artículo 3 del Decreto Ley 3482

Concede indulto, reduce la pena y elimina anotaciones prontuariales a las personas condenadas por los delitos que indica, en las condiciones que expresa

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 134345 · idParte: 6162011

Texto oficial

Artículo 3º.- El indulto que concede el artículo 1º y las reducciones de penas a que se refiere el artículo anterior se aplicarán también a aquellas personas que se encuentren acogidas a la libertad condicional.