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Artículo 10 del Decreto Ley 3482

Concede indulto, reduce la pena y elimina anotaciones prontuariales a las personas condenadas por los delitos que indica, en las condiciones que expresa

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134345 / 6162018.

Texto oficial

Artículo 10.- Las disposiciones del presente decreto ley deberán ser cumplidas de inmediato por las autoridades administrativas que correspondan, desde su publicación en el Diario Oficial.