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Artículo 1 del Decreto Ley 3492

Dicta normas para la reestructuracion del servicio de tesorerias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134368 / 6162085.

Texto oficial

Artículo 1º.- Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de un año, reorganice el Servicio de Tesorerías y traspase algunas de sus funciones al Servicio de Impuestos Internos o a otros organismos del Estado que determine. Dentro del mismo plazo, el Presidente de la República, ampliará las atribuciones y adaptará la organización del Servicio de Impuestos Internos y de las otras entidades del Estado a las cuales se traspasen estas funciones; dictará las normas que estime necesarias relativas al personal del Servicio de Tesorerías, y adecuará las otras disposiciones legales que digan relación con estas materias.