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Artículo 3 del Decreto Ley 3492

Dicta normas para la reestructuracion del servicio de tesorerias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134368 / 6162087.

Texto oficial

Artículo 3º.- Derógase en el artículo 2º del decreto ley Nº 3.409, de 1980, la frase: "Los cargos vacantes después de efectuado el reencasillamiento serán llenados discrecionalmente por el Presidente de la República".