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Artículo PRIMERO del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Aprueba y tengase como oficial de la república de chile el arancel aduanero que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134499 / 9074504.

Texto oficial

Artículo Primero: Apruébase y téngase como oficial de la República de Chile el Arancel Aduanero basado en la Nomenclatura del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, cuyo texto es el contenido en el anexo al presente decreto.