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Artículo TERCERO del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Aprueba y tengase como oficial de la república de chile el arancel aduanero que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134499 / 9074506.

Texto oficial

Artículo Tercero: El presente Decreto regirá a contar del 01 de Enero de 1990.