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Artículo 62 del Decreto 453

Aprueba reglamento de la ley n° 19.070, estatuto de los profesionales de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13511 / 8968544.

Texto oficial

Artículo 62° Los profesionales de la educación que se desempeñan en el sector municipal se regirán por las normas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación, en lo que le sean aplicables y supletoriamente por las del Código del Trabajo y sus leyes complementarias, y las de este Reglamento.