Texto oficial
Artículo 61° Para estos efectos se considera "sector
municipal" los establecimientos educacionales que dependen
directamente de los Departamentos de Administración
Educacional de cada Municipalidad o de las Corporaciones
Educacionales creadas por éstas o los que habiendo sido
municipales son administrados por personas jurídicas
privadas sin fines de lucro, de acuerdo al DFL. N° 1-3063,
de 1980 de Interior.