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Artículo 109 del Decreto 453

Aprueba reglamento de la ley n° 19.070, estatuto de los profesionales de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13511 / 8968609.

Texto oficial

Artículo 109° La asignación de experiencia que esté gozando el profesional de la educación del sector municipal la conservará siempre en el caso de destinación, permuta o designación por concurso para ingresar a una misma u otra dotación docente.