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Artículo 117 del Decreto 453

Aprueba reglamento de la ley n° 19.070, estatuto de los profesionales de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13511 / 8968618.

Texto oficial

Artículo 117° La asignación de perfeccionamiento que esté gozando el profesional de la educación del sector municipal la conservará siempre en el caso de destinación, permuta y, en el caso de designación por concurso para ingresar a una misma u otra dotación docente.