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Artículo 119 del Decreto 453

Aprueba reglamento de la ley n° 19.070, estatuto de los profesionales de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13511 / 8968621.

Texto oficial

Artículo 119° Los grados en que se presenten las condiciones referidas, la forma de acreditarlas, sus equivalencias en porcentajes de asignación y los procedimientos respectivos serán aquellos determinados en la Ley y en el Decreto Supremo de Educación N° 427 de 1991.