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Artículo 2 de Resolución 601 EXENTA

Aprueba requisitos que deben cumplir los establecimientos asistenciales que efectuen extraccion y trasplantes de organos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135135 / 6164496.

Texto oficial

Artículo 2º.- Los establecimientos asistenciales públicos y privados, que efectúen trasplantes de órganos, deberán cumplir con las exigencias generales que a continuación se indican, y con aquellas particulares que se señalan, según el tipo de órgano que se trate de trasplantar: 1. Unidad de pacientes críticos, la que deberá contar con disponibilidad de ventilación mecánica, monitoreo de funciones y parámetros vitales, además de médico residente; 2. Laboratorio clínico e imagenología, con el equipamiento necesario para monitorizar el período pre, per y post trasplante, incluyendo el monitoreo de niveles de drogas y la posibilidad de acceder a medicina nuclear; 3. Apoyo dialítico con disponibilidad de 24 horas diarias. 4. Banco de sangre con disponibilidad de 24 horas diarias; 5. Recursos médicos y paramédicos con calificación documentada y actualizada acerca de su experiencia o formación académica en el área de especialidad de que se trate; 6. Pabellón quirúrgico equipado con elementos suficientes para cirugía de alta complejidad, en general, y para cirugía de trasplante y vascular, en particular; 7. Dotación de farmacia e insumos con disponibilidad suficiente para cumplir los protocolos acordados; 8. Accesibilidad a servicios de anatomía patológica en forma permanente. Para efectuar trasplantes hepáticos, se requerirá adicionalmente de: - Ecodoppler hepático, arteriografía, tomógrafo axial computarizado; - Programa de trasplante hepático con capacidad de continuidad irrestricta en el tiempo y cumplimiento de resultados de morbimortalidad dentro de parámetros internacionales aceptables; - Equipo médico multidisciplinario, propio del establecimiento, con calificación en el tema, que incluya cirugía, hematología, infectología, anestesia, cuidado intensivo, nefrología, broncopulmonar y nutrición: Para efectuar trasplante de corazón y/o pulmón, se requerirá adicionalmente de: - Cirugía cardíaca extracorpórea rutinaria con equipamiento completo; - Unidad de pacientes críticos cardiológicos con médico residente; - Laboratorio de hemodinamia e imágenes cardiopulmonar; - Programa de trasplante de corazón y/o pulmón con capacidad de continuidad irrestricta en el tiempo y cumplimiento de resultados de morbimortalidad dentro de parámetros internacionales aceptables. Para efectuar trasplantes renales, se requerirá adicionalmente de: - Capacidad instalada para realizar estudios y procedimientos urológicos; - Método de seguimiento de pacientes.