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Artículo 7 de la Ley 1.703

Ley 1.703

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135316 / 6165020.

Texto oficial

Art. 7.º Las tarifas de trasporte de pasajeros i carga serán sometidas a la aprobacion del Presidente de la República.