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Artículo 20 del Decreto 456

Reglamento del fondo de fomento para la pesca artesanal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 13540 · idParte: 9107035

Texto oficial

Artículo 20°.- El llamado a concurso público para la asignación de los proyectos y programas del programa anual de acuerdo a la priorización efectuada por el Consejo, podrá efectuarse una o más veces durante el año, dependiendo del financiamiento con que cuente el Fondo.