Texto oficial
Artículo 1.º Autorízase al Presidente de la República para contratar, previa licitacion pública, i por precio alzado no mayor de doce millones de pesos ($ 12.000,000) moneda nacional de oro de dieciocho peniques, la construccion del ferrocarril de Osorno a Puerto Montt.
Las propuestas para la licitacion se pedirán dentro del plazo de dos meses, a contar desde la publicacion de la presente lei en el diario Oficial, i se harán en conformidad a las bases estudiadas por la Direccion de Obras Públicas i que apruebe el Gobierno.