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Artículo 9 transitorio del Decreto 458

Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13560 / 8632298.

Texto oficial

Artículo 9°.- Las tasas y porcentajes establecidos en los artículos 130° y 131°, respectivamente, de esta ley, se mantendrán mientras no fueren modificados por el nuevo texto que se fijare a la Ley de Rentas Municipales.