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Artículo 1 del Decreto Ley 3641

Autoriza enajenacion de inmueble que indica del patrimonio de afectacion fiscal del servicio de bienestar social de la armada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135666 / 6166163.

Texto oficial

Artículo 1°- Autorízase al Servicio de Bienestar Social de la Armada para enajenar mediante propuesta pública, el predio que a continuación se individualiza y que forma parte del patrimonio de afectación fiscal de ese Servicio, ubicado en la comuna de Casablanca, provincia de Valparaíso, Quinta Región: Terreno de una superficie aproximada de 14 cuadras, que tiene, según sus títulos, los siguientes deslindes: Norte: Fundo Orrego Arriba; Sur: Camino a Lagunillas y Rosa Cuadra; Oriente: Con Francisco Cuadra, y Poniente: Sucesión Abraham Idiaquez. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas 911 N° 920, del Registro de Propiedad del año 1974, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca.