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Artículo 37 del Decreto 466

Aprueba reglamento de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines y depósitos autorizados

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 13613 · idParte: 8632352

Texto oficial

ARTICULO 37° Las matronas sólo podrán prescribir los medicamentos necesarios para partos normales: - Retractores de la fibra uterina; - Preparados hormonales oxitócicos; y - Analgésicos no narcóticos.