Texto oficial
Art. 12. Los procedimientos judiciales a que diere lugar la aplicación de la presente lei, serán breves i sumarios.
Las citaciones se harán en conformidad a lo prescrito en el artículo 823 del Código de Procedimiento Civil, o sin perjuicio de citar personalmente, por lo ménos, a los tres dueños de las aguas que estuvieren mas cercanos al predio que aprovecha la fuerza motriz i que se hallen inmediatamente mas abajo de éste.