Texto oficial
Artículo 9°- Corresponde a este Departamento:
a) Estudiar, revisar y elaborar documentos como:
decretos, resoluciones y órdenes ministeriales;
b) Numeración, registro, transcripción y despacho de
los documentos citados;
c) Estar al día en el movimiento de tramitación de la
documentación mencionada;
d) Despachar las transcripciones de decretos,
resoluciones y órdenes ministeriales totalmente tramitadas,
de acuerdo a la distribución señalada en cada documento;
e) Mantener informado sobre el estado de tramitación de
su incumbencia, al Subjefe, Ayudante de la Subsecretaría y
Jefe del Departamento Administrativo;
f) Proporcionar informe sobre la tramitación de los
decretos o resoluciones, al público en general que la
requiera, sobre asuntos de su incumbencia personal;
g) Mantener las disposiciones legales y reglamentarias,
como asimismo los Diarios Oficiales u otros documentos de
consulta, para el buen desarrollo de las labores del
Departamento;
h) Disponer el envío al Archivo General de la
Subsecretaría, de los Decretos, Resoluci�nes y Ordenes
Ministeriales con sus antecedentes, totalmente tramitados, e
i) Llevar el control de los decretos relacionados con
comisiones de servicios al extranjero, de funcionarios de
Carabineros.