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Artículo 6 de la Ley 2.081

Ley 2.081

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 136334 · idParte: 6168389

Texto oficial

Art. 6.º Se autoriza la inversion de tres millones de pesos ($ 3.000,000) en espropiaciones de terrenos, inspeccion técnica i otros gastos de los ferrocarriles autorizados por los artículos anteriores, i de trescientos mil pesos ($ 300,000) para estudios de puertos.