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Artículo 6 de la Ley 121

Ley 121

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 136395 / 7248701.

Texto oficial

Art. 6.º El Muelle de Valparaíso con sus entradas y gastos forma parte de la Aduana de este puerto. En la misma forma se considerarán en los puertos de mar anexos á las respectivas Aduanas los muelles fiscales cuyo servicio se haga por cuenta del Estado.