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Artículo 1 (DEL NRO. Nº1) del Decreto 87

Aprueba reglamento de asignaciones, sobresueldos, gratificaciones especiales y otros derechos estatutarios del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 136753 / 8107288.

Texto oficial

Artículo 1º.- Las asignaciones, los sobresueldos, las gratificaciones especiales y otros derechos establecidos en el Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, en adelante el ''Estatuto'', se regularán por las normas del presente Reglamento.