Texto oficial
Artículo 3º.- Para suscribir el convenio a que se refiere el artículo 2º de esta ley, la municipalidad deberá acreditar que, a la fecha de su celebración, ella misma o la corporación respectiva, se encuentra al día en el pago de las cotizaciones previsionales, a contar de las correspondientes al mes de agosto de 1998.