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Artículo 1 transitorio de la Ley 16.762

Modifica el d. s. n.o 313, de 1956, modificado por los decretos supremos n.os 426, de 1966, y 65, de 1967

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137333 / 8847742.

Texto oficial

Artículo 1º.- Dentro del plazo de noventa días contados desde la vigencia de la presente ley, los Directores de los Sindicatos Industrial de la Potrerillos Railway Co. y Profesional de Empleados Ferrocarril Potrerillos Llanta, deberán iniciar los trámites legales y reglamentarios para conformar sus organizaciones a las disposiciones del decreto supremo Nº 313, de 30 de Abril de 1956, modificado por los decretos supremos N.os 426, de 25 de Mayo de 1966 y 65, de 25 de Enero de 1967.