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Artículo 5 de la Ley 2.562

Ley 2.562

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137495 / 8345444.

Texto oficial

Art. 5.º Las pensiones de retiro de las policías serán compatibles con cualquiera otra renta fiscal, en la misma forma que la del Ejército.