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Artículo 8 de Constitución Política de la República de Chile de 1833

Constitución política de la república de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137535 / 8927908.

Texto oficial

Art. 8º. Son ciudadanos activos con derecho de sufrajio los chilenos que hubieren cumplido veintiun años de edad, que sepan leer i escribir i estén inscritos en los rejistros electorales del departamento. Estos rejistros serán públicos i durarán por el tiempo que determine la lei. Las inscripciones serán continuas i no se suspenderán sino en el plazo que fije la lei de elecciones.