Texto oficial
CAPITULO V
Derecho público de Chile
Art. 12. La Constitución asegura a todos los
habitantes de la República:
1º La igualdad ante la lei. En Chile no hai clase
privilegiada;
2º La admisión a todos los empleos i funciones
públicas, sin otras condiciones que las que impongan las
leyes,.
3º La igual repartición de los impuestos i
contribuciones a proporción de los haberes, i la igual
repartición de las demás cargas públicas. Una lei
particular determinará el método de reclutas i reemplazos
para las fuerzas de mar i tierra;
4º La libertad de permanecer en cualquier punto de la
República, trasladarse de uno a otro, o salir de su
territorio, guardándose los reglamentos de policía, i
salvo siempre el perjuicio de tercero; sin que nadie pueda
ser preso, detenido o desterrado, sino en la forma
determinada por las leyes;
5º La inviolabilidad de todas las propiedades, sin
distinción de las que pertenezcan a particulares o
comunidades, i sin que nadie pueda ser privado de la de su
dominio, ni de una parte de ella por pequeña que sea, o del
derecho que a ella tuviere, sino en virtud de sentencia
judicial; salvo el caso en que la utilidad del Estado,
calificada por una lei, exija el uso o enajenación de
alguna; lo que tendrá lugar dándose previamente al dueño
la indemnización que se ajustare con él, o se avaluare a
juicio de hombres buenos;
6º El derecho de reunirse sin permiso previo i sin
armas.
Las reuniones que se tengan en las plazas, calles i
otros lugares de uso público serán siempre rejidas por
las disposiciones de policía.
El derecho de asociarse sin permiso previo.
El derecho de presentar peticiones a la autoridad
constituida sobre cualquier asunto de interes público o
privado, no tiene otra limitación que la de proceder en su
ejercicio en términos respetuosos i convenientes.
La libertad de enseñanza;
7º La libertad de publicar sus opiniones por la
imprenta, sin censura previa, i el derecho de no poder ser
condenado por el abuso de esta libertad, sino en virtud de
un juicio en que se califique previamente el abuso por
jurados, i se siga i sentencie la causa con arreglo a la
lei.