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Artículo 18 de Constitución Política de la República de Chile de 1833

Constitución política de la república de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137535 / 8927918.

Texto oficial

De la Cámara de Diputados Art. 18. La Cámara de Diputados se compone de miembros elejidos por los departamentos en votación directa i en la forma que determinare la lei de elecciones.