Texto oficial
Art. 8.º El producto total de la venta de los bonos será percibido por la Tesorería Fiscal de Valparaiso i depositado por ésta en un Banco de la localidad al mejor interes posible. La Tesorería efectuará el pago de las obras a los contratistas en vista de los decretos que espida el señor primer alcalde de Viña del Mar, i que hayan sido aprobados por la Municipalidad.