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Artículo 5 de la Ley 2.750

Ley 2.750

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137944 / 8345768.

Texto oficial

Art. 5.º Deducidos los gastos de administracion i conservacion del servicio, se destinarán las utilidades de la Empresa Agua Potable de Santiago al servicio de la deuda a que se refiere el artículo 1.º, letra b).