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Artículo 2 de la Ley 12.121 · Modifica la ley numero 6,808, cuyo texto fue modificado por la ley numero 7,774

Modifica la ley numero 6,808, cuyo texto fue modificado por la ley numero 7,774

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138063 / 7249798.

Texto oficial

"Artículo 2.o Declárase que los actuales y futuros Agentes de Aduana en Puertos Menores, están afectos a las disposiciones de la ley N.o 6,808 y sus modificaciones, desde su dictación.