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Artículo 1 de la Ley 16.651 · Establece impuesto en beneficio de la municipalidad de melipilla

Establece impuesto en beneficio de la municipalidad de melipilla

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138073 / 8345816.

Texto oficial

"Artículo 1º- Establécese, con los recursos que provee el artículo 3º, un Fondo Especial "Pomaire", que denominará a una cuenta corriente que abrirá el Banco del Estado de Chile a la orden de la Municipalidad de Melipilla y sobre la cual podrá girar el Tesorero Comunal de Melipilla, ateniéndose a las normas aplicables en estos casos, conforme al acuerdo previo que al efecto adopte la Municipalidad por los dos tercios de los Regidores en ejercicio.